sábado, mayo 11, 2024
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UNA MEDIDA CAUTELAR SUSPENDE LA LEY DE REELECCIÓN INDEFINIDA

Una Concejal de Malvinas Argentinas presentó un amparo que podría habilitar a varios Intendentes a presentarse en 2023.

El juez Jorge Aníbal Ocampo, quien se desempeña en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de San Martín, dio lugar a una medida cautelar presentada por una Concejal del distrito de Malvinas Argentinas. De esa manera, la ley de reelecciones indefinidas quedó suspendida, la cual tomaba de forma retroactiva el primer periodo comprendido entre 2015 y 2019.

La acción contra la Provincia de Buenos Aires y la Honorable Junta Electoral provincial, fue iniciada por la edil Andrea Carina Pavón, quien busca cesar el artículo 7 de la ley 14.846 y su decreto reglamentario. En caso de confirmarse la resolución, los Intendentes electos en 2015 y reelectos en 2019 serán habilitados para presentarse en 2023.

La decisión de Ocampo fue suspender de manera cautelar la aplicación de esta normativa, que disponía que el período vigente al momento de la sanción (2016) será contado como “primer período” a los efectos de limitar la reelección.

Por su parte Pavón, quien es la demandante, señaló que es inconstitucional aplicar la ley de manera retroactiva y que además va en contra de “la autonomía municipal, que vulnera términos electorales anteriores, así como el principio de legalidad y el de razonabilidad (arts. 18 y 28 CN), y el derecho a elegir y ser elegido/a”.

El magistrado de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar solicitada, entendiendo que la verosimilitud del derecho se encuentra configurada ya que “sin certeza sobre la vigencia y contenido de la ley no existe seguridad jurídica”.

Al momento de dar el fallo, Ocampo argumentó: “La ley está subordinada a las garantías constitucionales; y los actos de la autoridad administrativa a la ley. De lo contrario, la discrecionalidad y la arbitrariedad sustituirían a la certidumbre de los derechos y a la estabilidad jurídica. En otras palabras, desaparecerían garantías constitucionales”.

Con respecto al peligro de la demora que tendrá la medida cautelar, consideró: «Se verifica en el hecho de que, en base a la normativa cuestionada, la accionante debería renunciar a su cargo antes del 10 de diciembre de 2021, para mantener la intención de postularse como candidata a concejal en las elecciones del año 2023”.

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