viernes, noviembre 22, 2024
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Administración pública: no se renovarán los contratos iniciados en 2023

El Presidente Javier Milei informó y dio detalles sobre esta medida a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial.

A los empleados de la administración pública que fueron contratados el 1 de enero de 2023 no se les renovará el contrato. Así lo anunció el gobierno nacional, que también prorrogó hasta el 31 de marzo el Decreto N° 426/22, el cual establece restricciones en el mismo sentido.

Las medidas se encuentran en los Decretos 84/2023 y 77/2023, fueron publicadas este martes en el Boletín Oficial y llevan las firmas del Presidente Javier Milei y el Jefe de Gabinete, Nicolás Posse.

«Las contrataciones del personal para la prestación de servicios efectuadas en el marco del artículo 9° de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional, del Decreto 1109 del 28 de diciembre de 2017 y de toda otra modalidad de contratación que concluya al 31 de diciembre de 2023, e iniciadas a partir del 1° de enero de 2023 en los organismos comprendidos en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley 24.156, no serán renovadas», sostiene el escrito en relación a la contratación del personal.

Quiénes quedan exceptuados: «Las derivadas de cupos regulados por ley u otro tipo de protecciones especiales; el personal que haya estado prestando tareas con fecha previa al 1° de enero de 2023 y haya cambiado su modalidad de contratación; y el personal que el titular de cada jurisdicción evalúe que resulte indispensable para el funcionamiento de la jurisdicción, de manera restrictiva y fundada y que su continuidad es necesaria por razones impostergables de funcionamiento», aclara.

En tanto, las contrataciones efectuadas en el marco del artículo 9° del Anexo de la Ley 25.164 (que regula el Empleo Público) y del Decreto 1109 del 28 de diciembre de 2017, cuya fecha de ingreso a la administración sea previa al 1° de enero de 2023, no podrán ser renovadas por un periodo mayor de 90 días corridos.

Además, cada área debe realizar un relevamiento exhaustivo del personal contratado previo al 1 de enero de 2023. En el caso de que se decida por la extensión, se deberá fundamentar esta decisión y la necesidad de mantener al personal.

Por su parte, en el Decreto 84 se recuerda la modificación de la Ley de Ministerios, la cual consiste en «revisar todas esas contrataciones». Luego, agrega que «la presente medida se condice con aquellos objetivos y a los fines de lograr un mejor funcionamiento de la Administración Pública».

En tanto, el Decreto 77 prorroga la vigencia del Decreto 426/22 hasta el 31 de marzo de 2024, por el cual se establecieron restricciones a las designaciones de personal en las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional.