martes, mayo 5, 2026
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El gobierno desregularizó la tenencia y portación de armas

Por medio del Decreto 306/2026, se reglamentó la actualización de la Ley 20.429. El Ejecutivo Nacional busca adecuar el régimen de control a los criterios de seguridad sin violar garantías constitucionales.

El gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial el Decreto 306/2026, que actualiza la reglamentación de la Ley Nº 20.429, relacionada a la tenencia y portación de armas. Lleva la firma del Presidente Javier Milei, Manuel Adorni (jefe de Gabinete) y Alejandra Monteoliva (Ministra de Seguridad).

Desde el Ejecutivo Nacional tienen el objetivo es actualizar el régimen de control y adecuarlo a los criterios de seguridad, pero aclararon que sin violar las garantías constitucionales. Además, se eliminan restricciones «desproporcionadas», promete simplificar trámites y optimización en eficacia administrativa.

El texto redefine categorías de materiales alcanzados por la prohibición, incluyendo dispositivos que transforman semiautomáticas en automáticas, armas disimuladas y munición especial. La norma fija que la prohibición comprende la “adquisición, tenencia, portación, transporte e importación”, con alcance sobre distintos tipos de proyectiles como perforantes, explosivos o envenenados. El objetivo es cerrar vacíos que facilitaron la circulación irregular.

Se definen además los materiales de uso civil condicional, supresores de sonido y visión nocturna, y su empleo quedará restringido a actividades autorizadas por el Registro Nacional de Armas. En cuanto a los requisitos para ser legítimo usuario, se solicita: aptitud psicofísica, identificación, constancia del Registro Nacional de Reincidencia y certificado de idoneidad.

Por otra parte, los herederos podrán registrar la tenencia y no deberán esperar resolución judicial previa si comprueban el parentesco con la persona fallecida. Sumado a eso, se digitalizará el registro en tiempo real y se inhabilitará automáticamente a quienes no cumplan.

Por último, se amplían las facultades del Registro Nacional de Armas para otorgar autorizaciones de tenencia y evaluar pedidos de portación según criterios técnicos y de riesgo que fije el Ministerio de Seguridad Nacional. La portación exigirá motivación expresa, tendrá vigencia limitada y el organismo regulador (ANMaC) verá redefinidas sus competencias y controles.