sábado, noviembre 23, 2024
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Milei vetará la nueva ley de movilidad previsional: “Sostener el superávit fiscal”

Aprobada en el Senado, que incluye un incremento complementario al de abril pasado de 8,1% por la diferencia de la inflación y que el haber mínimo no podrá estar por debajo del valor de la canasta básica total, fue calificada por el Presidente como “una estafa moral” y “un proyecto de ley irresponsable, ilegal e inconstitucional”.

Luego de que el Senado aprobara la nueva fórmula de movilidad jubilatoria, el presidente Javier Milei confirmó que vetará la ley con el fin de mantener el déficit cero, tal como había advertido cuando comenzó a tratarse el proyecto. “Es una estafa moral”, alegó el primer mandatario sobre el proyecto que incluye, entre otros puntos, un incremento complementario al de abril pasado de 8,1% por la diferencia de la inflación y que el haber mínimo no podrá estar por debajo del valor de la canasta básica total.

El comunicado difundido en las redes de la Oficina del Presidente comienza informando que “el Presidente Javier Milei, tal cual se comprometió con los argentinos, vetará el proyecto aprobado hoy (por ayer) por el Congreso de la Nación que tiene como único objetivo destruir el programa económico del Gobierno”.

“El Presidente se comprometió con los argentinos a sostener el superávit fiscal a toda costa y así lo hará”, continúa el texto.

Y agrega: “El Congreso Nacional, en un acto de populismo demagógico, sancionó un proyecto de ley irresponsable, ilegal e inconstitucional que establece gastos exorbitantes sin su correspondiente partida presupuestaria, lo que implicaría necesariamente que el Gobierno vuelva a caer en las viejas prácticas de la emisión monetaria, el aumento de impuestos, o el endeudamiento, que son las mismas recetas que nos han llevado al fracaso durante los últimos 100 años”.

LO QUE SE PERDERÁ

Los puntos principales del proyecto aprobado en el Senado, y que Milei vetará por “gastos exorbitantes”, incluyen:

  • El reconocimiento de un incremento complementario al de abril pasado de 8,1%, dado que el Gobierno otorgó por el mes de enero un 12,5% y la inflación de ese mes fue del 20,6%.
  • El haber mínimo no podrá estar por debajo del valor de la canasta básica total (CBT) de un adulto equivalente multiplicada por 1,09. La CBT de julio (último dato oficial) fue de $ 291.471,73, y multiplicada por 1,09 da un total de $ 317.704,19. Y en ese mes el haber mínimo fue de $ 215.581 más el bono de $ 70.000: $ 285.581.
  • Se contempla un aumento adicional a la fórmula de movilidad a aplicarse en el mes de marzo de cada año, que consiste en un 50% de la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) por sobre la variación del IPC del último año.
  • Impone un plazo de seis meses para cancelar las deudas previsionales por juicios con sentencia firme -unas 90.000- y las contraídas a favor de las cajas provinciales no transferidas.
  • Se establece que la actualización de las remuneraciones para el cálculo del haber inicial sea mensual en lugar de trimestral.